Auto30 de octubre de 2009
A- de 2009
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante José Angel Silva Casallas
✓
Tema · dato duro
Incidente De Desacato De La Sentencia T 440a De 2009. La Sala Recuerda Que Es El Juzgado De Primera Instancia El Competente Para Velar Por El Cumplimiento De Los Fallos De Tutela. No Asumir.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Sentencia De La Corte Constitucional
- Abstenerse de tramitar solicitud de apertura de incidente de desacato
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. NO. ASUMIR la petición de iniciar incidente de desacato, presentada por el señor José Ángel Silva Casallas.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Cuarto. Promiscuo Municipal de Bogotá la solicitud de abrir el incidente de desacato frente a la sentencia T -440A de 2009, para que determine lo que estime pertinente.
- Tercero. INFORMAR al solicitante esta decisión, por intermedio de la Secretaría General de esta corporación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.